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Transacciones Para la Exportación

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Abogados de Inmigración en Chicago - Visas H-1B y Otras Especiales Para no Inmigrantes - Transacciones Para la Exportación

Nuestros abogados de inmigración en Chicago pueden ayudarlo a realizar todos los pasos para patrocinar empleados extranjeros que quieran trabajar en los Estados Unidos. El USCIS requiere que los solicitantes certifiquen que la tecnología de la empresa o del empleador, no esté sujeto al reglamento que regula las "transacciones para la exportación" (deemed export). Se considerará como una exportación de tecnología o de código fuente (a excepción del código fuente encriptado), cuando sea liberada a un extranjero dentro de los Estados Unidos. La oficina de industria y seguridad (Bureau of Industry and Security) es responsable de expedir las licencias relacionadas a las "transacciones para la exportación" para realizar la entrega a extranjeros de alguna tecnología controlada por los reglamentos de exportación. La tecnología es "liberada" para su exportación cuando esté disponible para su inspección visual por ciudadanos extranjeros (como leer las especificaciones técnicas, los planos, los esquemas gráficos, etc.), cuando la tecnología es intercambiada de manera oral, o cuando la tecnología se pone a disposición de manera práctica o aplicada, por la orientación de personas con conocimientos tecnológicos.

De manera general, las tecnologías sujetas a los reglamentos de exportación son aquellas que están en los Estados Unidos, o que fueron elaboradas en este país de manera total o parcial. La mayoría están patentadas. Las tecnologías que tienden a requerir de licencia para ser transferidas a personas extranjeras también abarcan las de doble uso (es decir, aquellas que tienen aplicaciones tanto civiles como militares), y están sujetas a uno o más regímenes de control, como los relacionados a la seguridad nacional, la proliferación nuclear, la tecnología de misiles, y la guerra biológica.

Algunas tecnologías están bajo la jurisdicción exclusiva de otras agencias gubernamentales de EE.UU., y no están sujetas a los reglamentos de exportación (EAR). Estas incluyen los servicios de defensa que están bajo la jurisdicción del Departamento de Estado, y las de tecnología para la producción de materiales nucleares especiales, están bajo la jurisdicción del Departamento de Energía.

No obstante, existen otras tecnologías que no requieren de ninguna autorización, debido a que ya están "disponibles públicamente." Estas incluyen las solicitudes de patentes, la tecnología y el software disponible públicamente (otras que no incluyan a aquellas sometidas a control, como los productos de encriptación), que ya están o estarán publicadas, la tecnología que se obtiene como resultado de investigaciones básicas, o aquella que tiene una finalidad educativa.

La Dirección de Control del Comercio de Materiales de Defensa es responsable de expedir las licencias de exportación, y las autorizaciones para la liberación de los datos técnicos controlados por los reglamentos del tráfico internacional de armas a personas extranjeras que estén en los Estados Unidos.

Los empleadores deben comprobar ambos reglamentos, el de exportación y el de tráfico internacional de armas, antes de presentar una solicitud para un trabajador no inmigrante.

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